Recientemente, la presidenta y CEO del gremio de aseguradores de Estados Unidos – Susan Neely- solicitó al congreso de Chile rechazar el proyecto de ley que permitiría un nuevo retiro de rentas vitalicias, además de requerir que lo que está ocurriendo en Chile en esta materia se considere en el Consejo de Estabilidad Financiera y el G20.

En dichas comunicaciones se manifiesta una preocupación por la estabilidad de las inversiones a largo plazo en Chile y la violación de la irrevocabilidad de los contratos de rentas vitalicias, afectando las inversiones extranjeras.

Lo anterior, se suma a lo que ha venido ocurriendo durante el año 2021, donde ciertas compañías de seguros extranjeras han activado y otras estarían evaluando activar, los mecanismos de defensa previstos en los tratados de libre comercio que sus respectivos países tienen con Chile, a raíz de que se promulgó la Ley 21.330, que permite a los beneficiarios individuales de rentas vitalicias retirar hasta el 10% de sus fondos de pensiones.

En el mes de mayo de este año, la aseguradora estadounidense Ohio National Financial Services reclamó formalmente ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, en virtud del tratado de libre comercio entre Estados Unidos y Chile, y estarían en un proceso de negociación de 90 días antes de iniciar un arbitraje en el CIADI.

Por otro lado, la aseguradora Chilena Consolidada, filial del grupo Zurich Insurance Company Ltd., ya activo el mecanismo de resolución de disputas previsto en el tratado de inversión entre Chile y Suiza. La empresa solicitó al Ministerio de Relaciones Exteriores, dar inicio a un proceso de consultas con Chile, que duraría 6 meses.

Otras compañías de seguros de capitales extranjeros han manifestado que también activarán mecanismos de protección de inversiones según sus los respectivos tratados bilaterales, alegando infracciones a la protección de inversiones por parte del Estado de Chile, como lo son la intangibilidad de los contratos, el derecho de la propiedad y otros derechos fundamentales.

Ahora bien, en la mayoría de los Tratados Internacionales de Inversión se establece un periodo de negociación dentro del cual las potenciales partes de un arbitraje de inversión (en este caso, las aseguradoras y el Estado de Chile), deben intentar resolver sus controversias antes de iniciar un procedimiento arbitral.

Este periodo de cooling-off requirement, o también denominado “período de espera” es una característica del mecanismo de arbitraje de inversión, mediante el cual un inversionista que busca iniciar un procedimiento de arbitraje debe esperar un período específico, durante el cual se debe intentar una resolución amistosa de la disputa. La duración de este período puede variar significativamente. El período estipulado más comúnmente es de seis meses, pero en muchos casos, y tal como se puede observar en la realidad, se establece un período más corto de tres, cuatro o cinco meses. También existen períodos más largos, como siete, doce y dieciocho meses.

Algunos tratados son muy específicos y prevén que se intente llegar a un arreglo mediante “negociaciones” o “consultas”. En algunos casos también se mencionan otros métodos de arreglo, como la conciliación y la mediación.

Si la disputa no se resuelve durante este periodo, o por medio de estos procesos alternativos de solución de conflictos, el conflicto podría terminar ante un tribunal arbitral internacional que juzgue la conducta de las partes durante este período.

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